DESPIDO INDIRECTO. Desconocimiento de la relación laboral invocada. ABOGADO. Prestación de tareas en estudio jurídico. Primacía de la realidad. Contrato de trabajo. Subordinación. Relación de dependencia. Inexistencia de contrato de locación de servicios. Despido indirecto justificado
"R., H. H. c/ F., A. J. s/ despido" - CNTRAB - 23/06/2008
"La prueba testimonial producida me forma convicción de que el demandado dispuso del trabajo profesional que le brindaba el actor para el cumplimiento de la actividad que organizaba y supervisaba en su estudio jurídico, debiendo acomodarse el actor a los horarios, formas de pago, órdenes, jornadas y directivas que emanaban del demandado; todo lo cual, por aplicación del principio de "primacía de la realidad" coloca la relación habida entre las partes en un típico contrato de trabajo, sin que se aprecie que la actividad del actor pudiera colocarse en el marco de un vínculo civil, tal como insiste nuevamente el recurrente en su libelo recursivo (arg. arts. 21, 22 y 23 ya cit., 386 del Cód. Procesal).""Si bien el hecho de que el actor resulte ser un trabajador con conocimientos específicos en el área de la abogacía, donde la nota de la dependencia técnica podría aparecer más atenuada, no resulta ser menos cierto que es también esa capacidad de poder desenvolverse con cierta libertad en el área específica de sus conocimientos profesionales una de las razones que tuvo en cuenta el demandado para incorporarlo en su plantel de colaboradores en el estudio jurídico que detentaba, por lo que a mi juicio, dicha circunstancia no descarta la existencia de un vínculo laboral dependiente (arts. 21, 22 y 23 ya cit., art. 386 del Cód. Procesal).""Las "facturas en concepto de honorarios" que habría suscripto el actor, tampoco enervan la aplicación al caso de la figura legal respecto de la existencia de un contrato de trabajo. Digo ello por cuanto los mismos son por importes idénticos y corresponden a períodos mensuales y consecutivos y, conforme la realidad de los hechos comprobados en la presente litis, sin duda configuró una exigencia formal del demandado en aras de desligarse del régimen laboral (arg. arts. 12, 13 y 21 L.C.T.), y no permite "per se" concluir que habría mediado una "locación de servicios" tal como insiste el recurrente.""La "exclusividad" tampoco a mi juicio resulta relevante como para demeritar lo resuelto en grado, porque coincido en que esta característica no es una nota típica del contrato de trabajo y, la circunstancia de que el actor usara los enseres y útiles del accionado para "las causas propias" (sic) no desbarata la conclusión arribada en la litis, máxime cuando de la testifical brindada se puede corroborar que le permitían al actor llevar causas propias "...en tanto y en cuanto no descuidaran los juicios que pertenecían al estudio...""Sabido es que el derecho del trabajo es un "derecho realidad", ya que pone el acento en la verdad objetiva, con prescindencia de las formas que la voluntad de las partes hayan querido darle para disimularla, haciendo predominar a aquélla sobre éstas. En ésto, como en tantos otros temas, el derecho laboral se aparta y hasta contradice la tradición romanística que ha hecho la ficción un instrumento jurídico válido en el derecho civil y comercial"."
articulos
-
▼
2008
(85)
-
▼
agosto
(85)
- El Derecho Internacional Público Frente a las Expr...
- La responsabilidad del fabricante frente a los con...
- SEGURO DE CAUCION. Pretensión de la compañía de se...
- CONTRATO DE SEGURO. Hurto del automotor. CULPA GRA...
- CONTRATO DE SEGURO. Hurto del automotor. CULPA GRA...
- SEGUROS DE VIDA. Denuncia del siniestro. Silencio ...
- La responsabilidad de los funcionarios públicos y ...
- La construcción de la norma jurídica en la aprecia...
- Práctica tribunalicia.Principales aspectos de la l...
- Análisis práctico de la Ley Nº 22.172 Por Guiller...
- TASA DE JUSTICIA. Incumplimiento de su pago. Prose...
- TASA DE JUSTICIA. Incumplimiento de su pago. Prose...
- HONORARIOS. Embargo solicitado por ex letrado de l...
- Documentos confeccionados conforme ley 22172Por Gu...
- Tiempo de los actos procesales. Plazos perentorios...
- Cuestionable porcentaje mínimo como requisito para...
- Testigos excluidos y no tanto..Por Eduardo Sirkin ...
- RESPONSABILIDAD BANCARIA. Indebido pago de un cheq...
- SUSPENSION DE LOS DESPIDOS SIN CAUSA. Art. 4 Ley 2...
- INDEMNIZACION POR DESPIDO. Cálculo. Incidencia de ...
- RELACION DE TRABAJO. Nutricionista. Arts. 5°, 21 y...
- EXTINCION DE CONTRATO DE TRABAJO. Muerte del traba...
- DESPIDO CON CAUSA. Imputación al trabajador de hab...
- DESPIDO INDIRECTO. Maltrato. Comportamiento abusiv...
- CONTRATO DE TRABAJO. Contratación y subcontratació...
- HUELGA. Empleados judiciales. LIBERTAD SINDICAL. A...
- RESPONSABILIDAD de SOCIOS y/o ADMINISTRADORES. Rel...
- CONTRATO DE TRABAJO. Contratación y subcontratació...
- INDEMNIZACIONES. Art. 245 Ley 20744. Base de cálcu...
- CASSABA. Caja de Seguridad Social para Abogados de...
- INDEMNIZACIONES. Incremento indemnizatorio del Art...
- CONTRATO DE TRABAJO. Contratación y subcontratació...
- DESPIDO INDIRECTO. Desconocimiento de la relación ...
- PERSONAL CONTRATADO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA. ...
- PROCEDIMIENTO PREVENTIVO DE CRISIS. Homologación. ...
- CONTRATO DE TRABAJO. Sujetos. Art. 29 Ley 20744. C...
- DESPIDO CON CAUSA. Injuria del trabajador. Agresió...
- DESPIDO. Trabajador que se encuentra con licencia ...
- CONTRATO DE TRABAJO. Extinción. VOLUNTAD CONCURREN...
- DESPIDO INDIRECTO. Reclamo salarial por falta de a...
- CONTRATO DE TRABAJO. PROFESIONALES PASANTES. Aboga...
- DESPIDO. SOCIO EMPLEADO. Imputación de responsabil...
- CONTRATO DE TRABAJO. ADMINISTRADOR DE CAMPOS. Actu...
- DESPIDO. Trabajadora que se ausenta en razón de re...
- DESPIDO INDIRECTO. Incorrecta registración de la r...
- DESPIDO INDIRECTO. Trabajador que padece de depres...
- CONTRATO DE TRABAJO. Portero. Prestación de servic...
- ACCIDENTE DE TRABAJO – TRABAJO EVENTUAL. Acción ci...
- JUBILACIONES Y PENSIONES. Convenio de Transferenci...
- PENSIONES. Beneficiaria divorciada del causante en...
- PENSIONES. Reajuste. MOVILIDAD. Arts. 21 y 41 de l...
- PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA. YPF. Consolidac...
- PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA. ENTel. Privatiz...
- CONTRATO DE TRABAJO. Contratación y subcontratació...
- CONTRATO DE TRABAJO. Contratación y subcontratació...
- ACCIDENTE DE TRABAJO. ACCIDENTE AEREO. Muerte de p...
- SUSPENSION DE LOS DESPIDOS SIN CAUSA. Incremento i...
- DESPIDO. SUSPENSION DE LOS DESPIDOS SIN CAUSA JUST...
- DISCRIMINACION. Actuación sindical. Supervisor. Ne...
- TRASTORNO PSIQUIATRICO PSICOLOGICO del trabajador....
- VICIOS DE LA VOLUNTAD DEL TRABAJADOR. NULIDAD de a...
- RESPONSABILIDAD DE SOCIOS y/o ADMINISTRADORES. SRL...
- ACCIDENTE DE TRABAJO. Acción civil. Art. 1113 del ...
- RIESGOS DEL TRABAJO. Muerte del trabajador. RENTA ...
- JUBILACIONES. PRESTACION ANTICIPADA. Art. 6 Ley 25...
- EJECUCION DE CREDITOS LABORALES. Privilegios. Créd...
- JUBILACIONES. Ajuste por MOVILIDAD. LEGITIMACION A...
- RELACIONES NO REGISTRADAS. INDEMNIZACIONES. Arts. ...
- INDEMNIZACION POR ANTIGÜEDAD. Invalidez del Art. 1...
- IMPUESTOS. INGRESOS BRUTOS. EMPRESA DE SERVICIOS E...
- DESPIDO DISCRIMINATORIO. Discriminación por motivo...
- EXTINCION DE CONTRATO DE TRABAJO. Art. 244 Ley 207...
- RIESGOS DEL TRABAJO. INCONSTITUCIONALIDAD del art....
- AGRAVAMIENTO INDEMNIZATORIO. Art. 1° Ley 25.323. A...
- SUSPENSION DE LOS DESPIDOS SIN CAUSA JUSTIFICADA. ...
- PROCEDIMIENTO PREVENTIVO DE CRISIS. Ley 24.013. Co...
- secuestro prendario
- pasantias
- fallos concursos
- jurisprudencia
- Lanzón, Román La guarda de semillas para producir...
- Sánchez Herrero, Andrés Sobre la observancia de lo...
- Tomasi, Susana Noemí ,Delito informático. Bloqueo ...
- Ramírez, Jorge Orlando Cómo los jueces dictan sent...
- Marín Frag Internet y Derecho Penal. ¿Es relevante...
-
▼
agosto
(85)
jueves, 21 de agosto de 2008
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario