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jueves, 21 de agosto de 2008

CONTRATO DE TRABAJO. Sujetos. Art. 29 Ley 20744. Comercialización de líneas telefónicas. SOLIDARIDAD. Empresa telefónica. Procedencia. Condena a la entrega del certificado de trabajo



"Moreno Favio David c/Deraven S.A. y otro s/despido" - CNTRAB - 30/06/2008



"El caso resulta encuadrable en lo dispuesto en el art. 29 Ley de Contrato de Trabajo. En efecto: 1) quedó probado que la actora vendía líneas telefónicas correspondientes a Telefónica de Argentina S. A., a cuyo efecto utilizaba una remera, lapiceras, una campera, una credencial y planillas, todo ello con el logo de dicha empresa; 2) la reclamante demostró que para cobrar, al principio, se utilizaba el domicilio de la calle Lafuente 20 donde funcionaba un local de Telefónica de Argentina S.A., y que luego cuando se mudaron a Corrientes 2330 lo hicieron en la oficina de "Deraven", que es un agente oficial de "Telefónica"; 3) no se han aportado pruebas que acrediten que Deraven S.A. fuera la empleadora de Moreno.""De la valoración de la totalidad de la prueba queda claro que las tareas que realizaba la actora no pueden ser escindidas de las que cabe entender destinadas a Telefónica de Argentina S.A., por lo que los planteos expuestos en la expresión de agravios se desvanecen como críticas eficaces del pronunciamiento en cuestión, habida cuenta de que no refutan con idoneidad, mediante una objeción específica y razonada el encuadramiento del caso en el artículo 29 de la LCT.""Tampoco tendrá favorable acogida el agravio de la demandada Telefónica de Argentina S.A. en relación con la condena a la entrega del certificado de trabajo, ya que tal como se estableció en el punto anterior, la relación debe considerarse regida por las previsiones del art.29, LCT, el cual expresamente prevé en su inciso segundo que: "los terceros contratantes y la empresa para la cual los trabajadores presten o hayan prestado servicios responderán solidariamente de todas las obligaciones emergentes de la relación laboral y de las que deriven del régimen de la seguridad social"."

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